El ultraderechista, por naturaleza propia, es un mitómano (inventor de mitos y fantasías) nato. Vive de la mentira, con la mentira, y por la mentira. Con la mayor facilidad del mundo forja ficciones de todo tipo sin tomarse la más mínima molestia de al menos documentarse un poco para comprobar por sí mismo si sus elucubraciones y fantasías tienen algo de verdad, aunque sea en una ínfima parte. Sin lugar a dudas, el ejemplo sobresaliente de ello es el fraude literario ruso titulado Los Protocolos de los Sabios de Sión, pero dista mucho de ser el único. El literato ultraderechista que se hacía llamar a sí mismo en vida Traian Romanescu es otro ejemplo de ello. Inventaba y falseaba tantas cosas, mezclándolas con unas cuantas cosas ciertas, que difícilmente se puede pasar de una página a otra de su propaganda neo-Nazi sin encontrar algo que debidamente documentado se puede hundir hasta el suelo. Aún otro ejemplo de ello es el pseudo-historiador mexicano neo-fascista de corte cristero Salvador Borrego Escalante, tenido en la más alta estima por los alucinados de la ultraderecha, algunas de cuyas muchas falsedades y distorsiones han sido expuestas ya en otros trabajos.

Quizá una de las más frecuentes distorsiones en que incurren los ultraderechistas de corte neo-Nazi antisemita (que hoy tienen en marcha a través de sociedades secretas como la Organización Nacional del Yunque en México un terrible complot para estar infiltrando al gobierno en todos sus estratos con la finalidad de establecer un gobierno paralelo secreto controlado tras bambalinas por ellos), alucinados con la fantasía de “la gran conspiración judía masónica comunista”, consiste en andarle inventando ancestría judía a cualquiera que los denuncie, o a cualquier prominente izquierdista o socialista que represente todo aquello contra lo cual dicen “luchar” los desvariantes fanáticos de la extrema derecha. Es así cómo con la mayor facilidad del mundo le han inventado ancestría judía a personajes históricos prominentes como al Presidente norteamericano Franklin Delano Roosevelt, al Presidente norteamericano Harry S. Truman, al dictador soviético Stalin, al Primer Ministro inglés Winston Churchill, y a muchos otros (¡muchísimos!) personajes históricos de renombre, recurriendo en muchas ocasiones a “pruebas” tan endebles como el hecho de que el nombre de alguno de ellos empiece con un nombre bíblico judío como Abraham (lo cual convertiría a Abraham Lincoln, el emancipador de los negros en los Estados Unidos, en un judaizante) o como David (lo cual “convierte” casi por arte de magia al empresario norteamericano Rockefeller en un “cripto-judío”). Los historiadores profesionales, no los amateurs charlatanes sino los que verdaderamente hacen un trabajo duro de campo para separar la realidad de la fantasía, naturalmente que se caen desternillados ante esta sarta de soberanas estupideces, más no así los alucinados lectores de tales propagandistas revisionistas que trabajando sobre una pirámide de mentiras (como Joaquín Bochaca en España) se creen TODO lo que les cuentan, por fantasioso e increíble que parezca a primera vista.

La dificultad es que para exponerles debidamente sus charlatanerías a estos fariseos de la ultraderecha contemporánea neo-Nazi antisemita es necesario llevar a cabo un trabajo investigativo que puede llevar semanas, meses, o inclusive años, todo para echar por tierra una mentira que posiblemente no les llevó más de un minuto en construír. A eso se atienen, por eso actúan con tanta impunidad. Pero ello no significa que el gusto de su impunidad les vaya a durar por siempre. Y mientras se exponer la mentira que inventaron, ya para entonces inventaron mil mentiras más, de modo tal que no es posible darse abasto y emparejarse con ellos.

En la segunda parte del blog titulado 100 Años de Locura, un comentarista que se identifica a sí mismo como Danko inquirió (23 de enero del 2012) acerca de un “dato” que encontró en portales neo-Nazis en Internet, con las siguientes palabras:

Escribía porque suelo leer en algunos portales vinculados a la extrema derecha neonazi que el dirigente cubano Fidel Castro Ruz es de origen judío.

Desconozco si esas afirmaciones son ciertas o si por el contrario son otra de las muchas intoxicaciones lanzadas por Romanesco o alguno de su calaña.

El fragmento que afirma y pretende "demostrar" los orígenes hebreos de Fidel Castro es el siguiente:

" Fidel Castro --- el tirano asesino, ladrón y narcotraficante --- es judío por las dos ramas de su familia. Su abuelo materno, era un judío de Turquía que vivía robándoles las limosnas a los ciegos de Estambúl. Su padre era un judío nacido en una aldea de la provincia gallega de Lugo, España, que tuvo que huir a Cuba porque la Justicia Española le perseguía por robar ganado, es decir, por cuatrero. Como dice el viejo y sabio refrán castellano: "de casta le viene al galgo". Así se comprende el odio feroz y perverso que el endemoniado sátrapa rojo le profesó siempre a nuestra Patria, llegando en su maldad diabólica a destruirla totalmente. Castro no es Cubano. ¡ Es judío !"

Tienes datos o fuentes que puedan demostrar o desmentir la supuesta "judeidad" del lider cubano? si tienes alguna referencia disponible me sería de gran ayuda.

El “dato” de que el Comandante Fidel Castro Ruz:




es todo un judío les es necesario (por no decir indispensable) a los ultraderechistas de hoy para poder “explicar” cómo fué posible que se llevara a cabo una revolución en Cuba de corte comunista que tumbó del poder al corrupto tirano Fulgencio Batista y el por qué el Comandante Fidel hasta sus últimos años de vida ha luchado para mantener en pie un modelo económico de corte comunista en Cuba, porque según los ultraderechistas como los Tecos y los Yunquistas de México, todas las revoluciones de corte comunista, socialista, izquierdista, etc., e inclusive los descontentos populares como las manifestaciones estudiantiles en la Ciudad de México en los años sesenta del siglo pasado, son “revueltas sociales subversivas instigadas por judíos”.

Para desintegrar como se debe el vil mito ultraderechista que con la mayor liberalidad del mundo le atribuye orígenes hebreos al Comandante Fidel, y dando respuesta a las dudas legítimas expuestas por el comentarista Danko, recurriremos aquí al trabajo de un verdadero historiador profesional, de esos que en vez de andar inventando mentiras sentados cómodamente en el diván de su sala salen fuera al campo dispuestos a sacrificar cientos o quizá miles de horas recabando fotocopias de documentos históricos y entrevistando a todos los que puedan ser entrevistados. Echaremos mano de las investigaciones llevadas a cabo por el extraordinario historiador Luis López Pombo:




de la Asociación de Genealogía (lo más seguro es que los literatos alucinados de la extrema derecha como el mexicano Salvador Borrego Escalante y el español Falangista Joaquín Bochaca ni siquiera tienen la menor idea de lo que se trata en dicha asociación, evidenciando la ignorancia crasa de estos pseudo-historiadores balines que hoy están siendo desintegrados desde varios frentes). Se trata de un trabajo dividido en tres partes, la primera parte, la segunda parte, y la tercera parte, que aquí se resumen en una sola entrega:

Genealogía de Fidel Castro Ruz, Presidente de la República de Cuba (I)
Luis López Pombo
GaliciaDixital, Portal de Galicia
Lunes, 12 de diciembre del 2005




Notasel presente trabajo ha sido publicado en el nº IV del Boletín de la Asociación de Genealogía, Heráldica y Nobiliaria de Galicia. Pontevedra. 2005. Páginas 69 a la 87. ISBN.: 84-609-8039-1. En el mismo figuran las amplias fuentes documentales que han sido utilizadas para su realización. Por indicación de un miembro de la familia Castro, no se hacen constar aquí los datos de cónyuges, e hijos de los hermanos de Fidel Castro Ruz, indicación que el autor respeta y considera totalmente lógica.

Linaje del apellido Castro en las aldeas de Goimil y San Pedro, parroquia de san Pedro de Seteventos, ayuntamiento de Sarria, provincia de Lugo, España. Casa Da Riveira, en la parroquia de Santiago de Souto, Armea de Arriba en san Pedro de Armea y finalmente en la parroquia de san Pedro Láncara, municipio de Láncara, arciprestazgo de Sarria Samos, provincia de Lugo.

En la parroquia de Seteventos, a finales del siglo XVII y principios del XVIII, encontramos dos familias con el apellido Castro, una de ellas localizada en el lugar de San Pedro y la otra en el pueblo de Goimil, según es posible comprobar por las actas sacramentales insertadas en el libro primero de Bautismo correspondiente a dicha feligresía, que da comienzo en 1715 y termina en 1799. Por ahora desconozco el parentesco que pudiera haber entre las dos familias, si es que había alguno entre ellas.

Al realizarse en 1752/53 la Real y Única Contribución más conocida por Catastro de Ensenada que fue confeccionado en las veintidós provincias del reino de Castilla y nunca puesto en práctica, figuran en dicha feligresía dos cabezas de familia que debían llevar dicho apellido, aunque en el caso de Mariana Fernández, no figura con el Castro; el motivo es bien sencillo: en dichas fechas las mujeres traían en primer lugar el apellido materno seguido del paterno. En realidad dicha señora se llamaba María Gertrudis Castro Fernández, nacida el día 31 de julio de 1728, legítima hija de Domingo de Castro y su esposa Dominga Fernández, ambos vecinos de Goimil, a su vez igualmente legítima nieta de otro Domingo de Castro y Catalina Quiroga, ello por la línea paterna, mientras que por la materna lo era de Mario López y su esposa María Fernández, también de la misma vecindad.

Dicha señora declaraba tener: “una casa terrena, al sitio de Guimil, tiene de frente seis varas, y de fondo siete, linda a la Derecha e izquierda con camino publico, Regulado su Alquiler ânual en cinco Realés de vellón; ôtra Casa de un alto al sitio de Guimill, tiene de frente quatro Baras, y de fondo las misma, linda a la Derecha, e izquierda con camino publico, Regulado su Alquiler ânual en dos Reales de vellón”. Además de treinta y dos parcelas, que figuran perfectamente detalladas en dicha relación. Por dichos bienes pagaba a D. Francisco Capón, vecino de Santa María de Rubín, dieciséis ferrados de centeno; a don Pedro Quiroga y Sarmiento, vecino de San Julián de Gaibor, un ferrado de centeno, por el derecho de observancia antigua; a don Francisco Taboada, vecino de lugar y feligresía de San Antolín, tres ferrados de trigo por dicha razón; al cura párroco de la feligresía dieciocho reales de vellón en concepto de limosna de nueve misas rezadas. La excma. señora marquesa de Sarria, percibía siete reales y ocho maravedis de vellón por el concepto de “razón de servicio”; a la fábrica de la iglesia parroquial de la expresada feligresía dos ferrados de centeno en concepto de primicia y al apóstol señor Santiago medio ferrado de centeno por razón de voto. U y otras pensiones eran de carácter anual.

En el libro de Personal del mismo catastro, los datos, quizás intencionadamente, están cambiados, figurando: “Mariana Fernández, Viuda, de cinquenta años, tiene dos hijos maiores de los diez y ocho, un Criado menor de ellos, y dos hijas”. En la realidad María Gertrudis Castro Fernández tenía la edad de veinticinco años.

El otro cabeza de familia con el apellido castro, que vivía en dicha feligresía era Bartolomé de Castro, casado, de cincuenta y ocho años, padre de un hijo menor de los dieciocho y de tres hijas. Con respecto a las propiedades declaraba tener una casa terrena, es decir de planta baja, en la aldea de San Pedro, cuya edificación medía de frente siete varas y ocho de fondo, colindaba por la derecha con el camino público, regulando su contribución en cinco reales anualmente. A su vez hacía uso de veintiséis parcelas, entre prados, fincas de cultivo, barbechos y monte; por ellas y otras a mayores que radicaban en la demarcación de la parroquia de San Martín de Louserio, pagaba al ilustrísimo Cabildo Catedralicio de la Ciudad de Lugo ocho ferrados de centeno en concepto de censo, a Domingo Vilacha, vecino de la misma parroquia de Seteventos, dos ferrados de centeno por observancia antigua; a D. Francisco Illanes, vecino de San Cosme de Fiolleda dos ferrados de trigo por la anterior razón; a don Juan Alonso Losada, vecino de san Julián de Tor, dieciocho ferrados de centeno por la misma razón, es decir concepto de observancia antigua; a Juan Reimóndez, vecino de san Martín de Río, dos ferrados de centeno por el mismo concepto; Juan Neira, vecino de dicha feligresía de San Martín de Río, treinta reales de vellón por réditos de un censo de calidad redimible; a don Pedro Herbón, vecino de Santa Eulalia de Lagos, cinco reales de vellón por el mismo concepto; a la excelentísima señora marquesa de Sarria seis reales de vellón por razón de servicio, la fábrica de esta expresada feligresía, un ferrado de centeno en concepto de primicia y a la catedral de Santiago, medio ferrado de centeno por razón de voto. Todas las rentas reseñadas eran de carácter anual.

Desarrollo de la genealogía

De la primera persona con el apellido CASTRO del que tenemos noticias, que corresponda al linaje directo de Fidel Castro Ruz, es de Domingo Castro, llamado en varios documentos “Domingo Castro, el viejo”, que posiblemente nació hacia (+- 1679), vecino que ha sido en sus días del lugar de Goimil, parroquia de Seteventos, en el municipio de Sarria, Lugo. El referido señor contrajo matrimonio con Catalina Quiroga, de quienes fueron legítimos hijos:

I. Domingo Castro Quiroga (q.s.l.l).
II. Alicia Castro Quiroga, contrajo matrimonio el 21 de mayo de 1738 con Ángel da Valiña García, hijo de Diego da Valiña y de Catalina García, vecinos de la feligresía de Santa María de Lier, Sarria.
III. Antonio Castro Quiroga, contrajo matrimonio para el lugar de Mourillón.
IV. Josefa Castro Quiroga, casó el 20 de septiembre de 1729 con Domingo López de Cal, hijo de Julián López de Reboredo y de Juliana da Cal, vecinos de la feligresía de Lier, en la jurisdicción de la abadía de Samos.
V. Lucia Castro Quiroga, estaba soltera en 1734.
Domingo Castro Quiroga, hijo de Domingo de Castro, el viejo y de Catalina Quiroga, vecinos en sus días del lugar de Goimil, contrajo matrimonio el 1 de febrero de 1719 con Dominga López Fernández, hija de Mateo López y María Fernández, de quienes fueron legítimos hijos:
I. Manuela Antonia Castro López, bautizada el 21 de noviembre de 1725.
II. Ángela Castro López, bautizada.
III. María Gertrudis Castro López, bautizada el 31 de julio de 1728; por las actas recogidas en el Catastro de Ensenada dicha, señora al fallecer sus padres quedó al frente de la casa paterna. Contrajo matrimonio con Juan López Díaz, hijo de Ángel López Sangil y María Díaz, vecinos de San Antolín, jurisdicción de la abadía de Samos.
IV. Domingo Antonio Bernardo Castro López, bautizado el 20 de julio de 1734; matrimonió con Manuela Fernández Vázquez, heredera de la Casa Da Riveira, sita en términos de la parroquia de Santiago de Souto, Láncara.
Domingo Antonio Bernardo Castro López, hijo de Domingo Castro Quiroga y Dominga López Fernández, vecinos de Goimil, contrajo matrimonio el 15 de mayo de 1762 con Manuela Fernández Vázquez, legítima hija de Pedro Fernández Santa Marta y María Vázquez do Valín, él dueño de la Casa da Riveira, en la parroquia de Santiago de Souto, Láncara. De quienes fueron legítimos hijos:
I. Andrés Ciriaco Ramón Castro Fernández, bautizado el 9 de agosto de 1766.
II. Casemiro Felipe Castro Fernández, bautizado el 5 de marzo de 1769. (q.s.l.l.).
III. Ana Francisca Castro Fernández, bautizada el 6 de enero de 1772.
IV. Ángela Ramona Castro Fernández, bautizada el 1 de junio de 1777.
V. Domingo Antonio Castro Matías Castro Fernández, bautizado el 25 de febrero de 1782.
VI. Manuel Vicente Ciriaco Castro Fernández, bautizado el 19 de junio de 1785.
VII. María Francisca Antonia Castro Fernández, bautizada el 13 de abril de 1787.
Casemiro Felipe Castro Fernández, legítimo hijo de Domingo Castro López y de Manuela Fernández Vázquez, contrajo matrimonio el 15 de abril de 1793 con María López Méndez, legítima hija de Antonio Méndez y Baltasara López do Rego, vecinos
que en su día fueron del lugar de Lama, feligresía de Souto; igualmente tuvieron por legítimos hijos a:
I. María Manuela Bernarda Castro López, bautizada el 22 de julio de 1794.
II. María Francisca Baltasara Castro López, bautizada el 10 de marzo de 1796.
III. Domingo Andrés María Castro López, bautizado el 16 de enero de 1800. Falleció soltero el 26 de septiembre de 1821, oficiaron por su ánima cincuenta misas.
IV. Manuel Antonio Miguel Castro López, bautizado el 28 de marzo de 1805.
V. Ana María Castro López, bautizada el 28 de marzo de 1805.
VI. Antonio Ramón Castro López, bautizado el 19 de junio de 1807.
VII. Pedro Juan Castro López, bautizado el 29 de agosto de 1812. (q.s.l.l.).
Pedro Juan Castro López, hijo legítimo de Casemiro Felipe Castro Vázquez y de María López Méndez. Contrajo matrimonio el 20 de febrero de 1843 con Juana Núñez Pereira, igualmente legítima hija de Ramón Núñez y de su esposa Manuela Pereira, vecinos que en su día fueron del lugar de Vilela de Abajo, parroquia de Santiago de Souto. De quienes fueron hijos:
I. Manuel Castro Núñez, (q.s.l.l.).
II. Pedro Castro Núñez; contrajo matrimonio a la edad de 30 años el 21 de enero de 1878 con María Juana Vázquez Fernández, de 33 años, hija de Manuel Vázquez Pardo y de Tomasa Fernández, está natural de Santiago de Cedrón, y aquél de dicho pueblo de Láncara. Falleció el 31 de mayo de 1894 a la edad de 48 años sin sucesión.
III. Dolores Castro Núñez, casó el 2 de marzo de 1878 a la edad de 27 años con José Vázquez Vieito, vecino del lugar de san Vicente de Carracedo. Él de 36, labrador, hijo de Juan Vázquez y Ana Vieito.
IV. José Castro Núñez, falleció soltero el 26 de noviembre de 1921.
V. Vicenta Castro Núñez, falleció viuda, sin sucesión, otorgó testamento a favor de su sobrino Antonio López Vázquez.
VI. Ángela Castro Núñez. Contrajo matrimonio con Antonio López Rodríguez, vecino de Vilaesteva de Froyán, de quienes fueron legítimas hijas Eusebia y Carmen López Castro.
Manuel Castro Núñez, hijo de Pedro Juan Castro López y de Juana Núñez Pereira, matrimonió el 16 de agosto de 1873 a la edad de 24 años con Antonia Argiz Fernández, de dieciocho años, legítima hija de Pedro Argiz y de su esposa Dominga Fernández, vecinos que fueron de las Casas da Piqueira en la parroquia de San Pedro de Láncara. De quienes fueron legítimos hijos:
I. María Antonia Dominga Castro Argiz, nació el día 18 de mayo de 1874, bautizada el 19 del mismo mes y año.
II. Ángel María Bautista Castro Argiz; nació el día 5 de diciembre de 1875, bautizado el mismo día mes y año. (q.s.l.l.).
III. Petra María Juana Castro Argiz, nació el día 21 de noviembre de 1878, bautizada el 22 del mismo mes y año. Falleció soltera el 2 de noviembre de 1896, fue vecina de la feligresía de San Pedro de Armea.
IV. Gonzalo Pedro Castro Argiz, nació el día 21 de octubre de 1881, bautizado el 22 del mismo mes y año; emigró para la República de Argentina. El 5 de diciembre de 1939, su hermano Ángel María Bautista Castro Argiz, le envía una carta que comenzaba así: “Birán, 5 de diciembre de 1939. Muy querido hermano (...) he cumplido los 64 años. Dios permita algunos más para poder criar mis hijos, tengo 9 (cuatro varones y cinco hembras)”.
V. María Juana Castro Argiz, nació y fue bautizada el 3 de mayo de 1884. Contrajo matrimonio a la edad de 24 años el tres de febrero de 1908 con Antonio Vázquez, soltero de 24 años, hijo de Manuel López, vecino de Santa María de Lama y de Manuela Vázquez, natural de Láncara. Testigos de boda, entre otros, Gonzalo Castro Argiz, de estado civil casado. Falleció en San Pedro de Armea el 11 mayo de 1970.
VI. Leonor Castro Argiz, nació el 7 de noviembre de 1887, fue bautizada el 8 del mismo mes y año.

Manuel Castro Núñez, una vez viudo de Antonia Argiz Fernández, contrajo segundas nupcias el 6 de octubre de 1888 con María Fernández López, labradora, mayor de cuarenta años, hija de José y Josefa López, ambos difuntos, naturales todos del pueblo de Láncara; no tuvieron sucesión.
D. Ángel María Bautista Castro Argiz, hijo legítimo de Juan Castro Núñez y de Antonia Argiz Fernández, emigró a Cuba; el día 25 de marzo de 1911 contrae primeras nupcias con Dª María Argota Reyes, natural de Banes, provincia de Oriente, de 21 años, hija legítima de Marcos Argota y Carolina Reyes, vecinos de Guaro en el mismo término municipal. De quienes fueron hijos:

I. Manuel Castro Argota, nació en ¿febrero de 1913?, falleció al año siguiente.
II. María Lila Perfidia Castro Argota
III. Pedro Emilio Castro Argota, nació en 1914.
IV. Antonia María Dolores Castro Argota, nació en 1915.
V. Georgina de la Caridad Castro Argota, nació en 1918, falleció a corta edad.

Una vez disuelto el matrimonio de D. Ángel María Bautista Castro Argiz con Dª. María Argota Reyes, nuevamente contrae segundas nupcias el 26 de abril de 1943 con Dª. Lina Ruz González, 28 años más joven que él. Dª Lina Ruz González, nació en Las Catalinas el 23 de septiembre de 1903; hija de Francisco Ruz Vázquez, natural de San Juan y Martínez, de treinta y dos años de edad y de Dominga González Ramos, de veintiocho años; quienes contrajeron matrimonio el 26 de febrero de 1900. Nieta por línea paterna de Francisco Ruz y Rafaela Vázquez y la materna de Domingo González e Isabel Ramos. Son legítimos hijos de D. Angel María Bautista Castro Argiz y Dª Lina Ruz González:

I. Dª Ángela María Castro Ruz, nació en Birán, provincia de Oriente el día 2 de abril de 1923.
II. D. Ramón Eusebio Castro Ruz, nació en Birán el 14 de octubre de 1924.
III. D. Fidel Alejandro Castro Ruz. Nació en Birán el 13 de agosto de 1926. Bautizado en la Parroquia de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad y Arzobispado de Santiago de Cuba el 19 de enero de 1935; en dicha acta figura con el nombre de Fidel Hipólito. Actual Presidente de la República de Cuba. Contrajo matrimonio el 11 de octubre de 1948 con la entonces estudiante de Filosofía natural y vecina de Banes Dª Myrta Francisca de la Caridad Díaz Balart y Gutiérrez; nació el día 30 de septiembre de 1928, hija del Notario D. Rafael José Díaz Balart y de Dª América (maestra normalista) de quienes es hijo D. Fidel Ángel Castro Díaz-Belart, nació el 1 de septiembre de 1949;
IV. D. Raúl Modesto Castro Ruz. Nació el 3 de junio de 1931;
V. Dª Juana de la Caridad Castro Ruz, nació el 6 de mayo de 1933.
VI. Dª Emma Concepción Castro Ruz, nació el 2 de enero de 1935.
VII. D. Agustina del Carmen Castro Ruz, nació el 28 de agosto de 1938.

Línea genealógica de Fidel Castro Ruz. Apellido Argiz correspondiente a su abuela paterna

La genealogía


El primer libro de BMD (bautismos, matrimonios y defunciones) da comienzo en 1566 y termina en 1680; en él no aparece ninguna persona con el apellido Argiz, prácticamente todas las personas tienen por apellido el nombre del lugar, Ríodarco. Es posible que viviese la familia del linaje en dicho pueblo pero que no les pusieren el apellido que les correspondía en vez del nombre de su naturaleza.

Del primero que tenemos noticias es de Francisco de Argiz, vecino del referido Ríodarco, que contrajo matrimonio con Isabel Fernández de Arrojo, de quienes fueron legítimos hijos:

I. Matías Argiz Fernández, que matrimonió con María Cabana Fernández, hija de Ángel Cabana y María Antonia Fernández, vecinos de la feligresía de San Juan do Furco. De quienes fue hija Inés Argiz Cabana.
II. Mariana de Argiz Fernández, fue bautizada el 23 de septiembre de 1730.
III. Lope de Argiz Fernández, casó el 29 de junio de 1760 con Baltasara Vilariño Magdalena, vecina del lugar de Saa, en la feligresía de Santiago de Cedrón, Láncara.
Lope de Argiz Fernández, hijo legítimo de Francisco de Argiz y de Isabel Fernández de Arrojo, matrimonió el 9 de junio de 1760 con Baltasara Vilariño Magdalena, hija de Andrés Vilarino y de Juana de Arrojo, vecinos de Saa. De quienes fueron legítimos hijos:
I. José Antonio Ramón Argiz Vilariño, bº el 20 de marzo de 1761.
II. Andrés Atanasio Argiz Vilariño, bº el 19 de diciembre de 1762.
III. Isabel Antonia Argiz Vilariño, bª el 2 de abril de 1767.
IV. Antonio Fernando Argiz Vilariño, bº el 31 de enero de 1770.
José Antonio Ramón Argiz Vilariño, hijo de Lope de Argiz y de Baltasara Vilariño, contrajo matrimonio con Antonia da Riba Fulgueira, hija de Domingo da Riba y de Gregoria Fulgueira, vecinos del lugar Dos Prados en la parroquia de Pena Mayor. Quienes tuvieron por legítimos hijos a:
I. Jacobo Argiz da Riva, bº el 30 de octubre de 1779.
II. Pedro Argiz da Riva, bº el 7 de enero de 1782. (q.s.l.l.).
III. José Argiz de Riva.
IV. Santiago Argiz da Riva; contrajo matrimonio con Ana Rivas Cela.

Jacobo Argiz da Riva, hijo de José Antonio Ramón Argiz y de Antonia da Riba, se esposó con María Álvarez López, hija de Jacobo Álvarez y de Catalina López, vecinos del lugar de Villasantan en la parroquia de Santiago de Cobas. De quienes fueron legítimos hijos:

I. Julia Luisa Argiz Álvarez, bª el 13 de agosto de 1799.
II. Juan Luis Argiz Álvarez, bº el 13 de noviembre de 1801.
Pedro Argiz da Riva, hijo de José Antonio Argiz Vilariño y de Antonia da Riba Fulgueira, vecinos del lugar de Saa, en la parroquia de Cedrón. Contrajo matrimonio con Manuela Gallego Ares, hija de Pablo Gallego y de María Ares, vecinos de Gundín, en la feligresía de Santa María de Costantín, de quienes fueron legítimos hijos:
I. Pedro José Argiz Gallego, bº el 24 de febrero de 1812.
II. Andrés Francisco Argiz Gallego, bº el 25 de enero de 1814.
III. Josefa Argiz Gallego, contrajo matrimonio el 2 de agosto de 1850 con Domingo de la Iglesia, hijo natural de Antonia Pereira, vecina de Cedrón.
Pedro José Argiz Gallego, hijo de Pedro Argiz da Riva y de Manuela Gallego Ares, vecinos de Saa, en Cedrón. Matrimonió con Dominga Fernández Álvarez, vecina de Santiago de Cobas, donde eran sus padres Antonio Fernández e Isabel Álvarez, de quienes fueron legítimos hijos:
I. Manuela María Argiz Fernández, nació el 23 de febrero de 1837.
II. Félix José Antonio Argiz Fernández, nació el 11 de noviembre de 1838; contrajo matrimonio con Josefa Huerta, natural de la parroquia de Santa María de Valonga. De quienes fueron legítimos hijos Manuel, Ramón y Matilde Argiz Huerta. Félix José Antonio Argiz Fernández; falleció el 23 de febrero de 1917.
III. Manuel Antonio Argiz Fernández, 6 de septiembre de 1841.
IV. Antonio Argiz Fernández, nació el 9 de febrero de 1852.
V. María Antonia Argiz Fernández. Nació el 9 de marzo de 1855, (q.s.l.l.).

María Antonia Argiz Fernández, contrajo matrimonio con Manuel Castro Núñez, hijo de Juan de Castro y de Juana Núñez, de quienes fueron legítimos hijos:

I. María Antonia Dominga Castro Argiz, nació el día 18 de abril de 1874, bautizada el 19 del mismo mes y año.
II. Ángel María Bautista Castro Argiz, nació el 5 de diciembre de 1875, bautizado el día 6 del mismo mes y año. Padre de Fidel Castro Ruz.
III. Petra María Juana Castro Argiz, nació el 21 de noviembre de 1878, bautizada el día 22 del mismo mes y año.
IV. Gonzalo Pedro Castro Argiz, nació el día 21 de octubre de 1881, bautizado el 22 del mismo mes y año.
V. María Juana Petra Castro Argiz, nació y fue bautizada el día 3 de mayo de 1884. Contrajo matrimonio el 3 de febrero de 1908 con Antonio Vázquez, de la misma vecindad.
VI. Leonor Castro Argiz, nació y fue bautizada el 8 de noviembre de 1887.

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Genealogía de Fidel Castro Ruz, Presidente de la República de Cuba (II)




Transcripción de actas sacramentales, familia de Fidel Castro

Acta sacramental de matrimonio de Domingo de Castro y Dominga Fernández (1 de febrero de 1719)
“Yo Dn Bernardo de Navia y Llamas Cura que al presente soy de San Pedro de Sete Bentos y su anejo, aviendo leydo las tres municiones según la disposicion del Santo Concilio; y no aviendo ningun inpedimento que inpida ni dirima pase a casar a Dominogo de Castro hixo legítimo de Domingo de Castro y de Chatalina de Quiroga vos. de Goymil; con Dominga Fz.. hixa legitima de Mateo Lopez y de Maria Fz. Difunta; de la qual fueron testigos Manuel Lopez vº de mesmo lugar y Matias Vazquez tanvien vº del memo lugar y Lucas Piñeyro vº del lugar de Vilar y tanvien les vele ifaciaeclesia y por esto ser verdad lo firmo el mesmo dia que fue primero de febrero deste año de 1719”. “Dn Bernardo de Navia y llamas.

Acta sacramental de bautismo de Domingo Antonio Bernardo Castro (28 de julio de 1734)
“En veynte y ocho de jullio deste año de mil sete cientos y treynta y quatro yo Dn Bernardo de Navia y Llamas cura de san Pedro de Sete Bentos y añejo San Mamed do Camiño puse oleo y chrismé según el rritual rromano a un hijo de Domingo de Castro vecino de Goymil que bautiçe de socorro el diez y nueve de dicho mes su Padre se llama Domimgo de Castro y su madre se llamava Chatalina de Quiroga y de su muxer Dominga Fernandez su padre se llama Mateo Lopez y su madre se llamaba Maria Fz. Vecinos de dicho lugar de Goymil tubieronle en la pila Antonio Rrodriguez y su muxer Dominga Lopez vecinos de dicho lugar pusieronle nombre Domingo Antonio Bernardo y por ser verdad lo firmo dicho dia ut supra, Dn Bernardo de Navia y Llamas.

Acta de matrimonio de Domingo de Castro, el nuevo, con Manuela Vázquez (5 de mayo de 1762)
“En la yGla. Parrochial de Sn.tiago do Souto a cinco dias del mes de mayo. Año de mil Setezientos sesenta y dos Dn. Angel Lopez Pro. Vzno. del lugar de Tourelle Fra de Sn Martin de Río de Orden y con la lizª de Dn Pedro Geronimo Arias Somoza cura de dha yGª y la de Sn Pº de Armea asistio al matrimonio de Castro que han contraydo Domingo de Castro, y María Manuela Vázquez do Valín, hija lexitima que quedó de Pº Fz. Sta. Marta y de su muger Maria Vazquez do Valin aora difuntos vznos; que fueron de la Casa da Ribeira Fª dhcade Souto, y el dho Domingo de Castro hijo lexitimo de Dmº de Castro ahora difunto, y de Dominga su muxer vznos que an y fueron de Lugr de Goimil Fª de Sn Pedro de Sete bentos aviendo precedido las tres admoniciones en tres dias festivos distintos al ofertario de las misas Populares, y Certificación de Dn Pedro de Castro Cura de la Referida de Setebentos de que no abia ympedimetº algº y pª qe conste lo firmo dho dia ut supra Dn Pedro Geronimo/ diles las bendiciones de la yglesia dicho dia siendo testigos Gabria Rio Esteban Varela Pedro Ribeiro vznos de dcha fra. de Souto y otros y lo firma Arias”
Hay una nota marginal que dice: “Domingo de Castro y Mª Manoela Vazquez.

Acta sacramental de bautismo de Casimiro Felipe de Castro (5 de marzo de 1769)
“El día cinco de Marzo del Año de mil setzos sesenta y nuebe yo Dn. Pedro Geronimo Arias Somoza Cura propio de la Fra. de Sn. Pedro de Armea y su anexo Sn.tiago de Souto Baptizé solemnemte. un hijo lexitimo y de lexitimo Matrimonio de Domingo de Castro y de su muger Ma. Manuela Vazquez Vzos de la Casa da Ribeira Fra. de Souto, y le puse nombre Casimiro Phelipe, fueron Padrinos de dho Bautizado Phelipe Paz y su mugr. Franca. Diaz Vzos. Del lugar de Lama Fra. de Souto a los ques adverti el Parentesco espiritual y lo mas q. dispone el Ritual Romano. Abuelos Paternos Domingo de Castro, y su muger Dominga Frz. Difuntos vzos que fueron del Lugr. De Goimil Fra. de Sn. Pedro de SeteVentos. Maternos Pedro Fz. Sta. Marta y su muger Maria Vazquez do Valin difuntos vzos. que fueron de la dha Casa da Ribeira Fra dha de Souto, nacio dho nino el dia tres de dho mes y Año de aRibia, y q. conste lo firmo us supra= Dn. Pedro Geronimo Arias Somoza.

Acta sacramental de Matrimonio de Felipe de Castro con María Méndez (15 de abril de 1793)
“En quince de Abril del año de mil setezos. noventa y tres Dn. Domingo Lopez Cura propia de Sn. Pedro de Armea, y Santiago de Souto; Abadia de Samos, precedidas las tres ámonestaciones y mas qe. manda el Ritual Romano; Juntamente con licenzia segn. Pracmatica Real de los mayores; Assesti al matrimonio, que infacie ecclesia há contrahido Phelipe de Castro, Hijo lexmo. de lexmo. matrimonio de Domingo de Castro ahora difunto, y su mugr. Manuela Bazquez, vbzos de la casa da Riveira, fra. de Souto con Maria Lopez, hija lexma. de lexmo. matrimonio, de Antonio Mendez, y su mugr. Balthasara Lopez, vzos, de lugr. da Lama fra. de Santiago de Souto, y en el mismo dia recivieron las Bendiciones de la Ygla. Y de todo fueron testigos, Franco. Lopez vzo. de lgar. De Armea fra. la de Sn Pedro de Armea, y otros, y que conste lo firmo dho dia, mes, y año, ut Supra= Dn. Domingo Lopez.

Acta sacramental de bautismo de Pedro Juan Castro (29 de agosto de 1812)
“En veinte, y nueve de Agosto del año de mil ochocientos, y doce Dn. Domingo Lopez Cura propio de Sn. Pedro de Armea, y su Anejo Santiago de en la Abbadia de Samos; Bautiçe solemnemente a un niño, que naçio el dia veinte, y ocho de dho, mes y año, a quien pise nombre Pedro, Juan, y el que es hijo lexmo. de lexitimo matrimonio de Phelipe de Castro, y su muger Maria Lopez, Mendez, vecinos de la Casa da Riveyra, feligresia de Santiago de Souto, fueron sus Padrinos Pedro Lopez veçino de la Casa do Castro de Armea feligresía de Sn. Pedro de Armea, y Francisca Bazquez de Castro, vecina da Casa da Riveyra, fra. de Souto, y tia de dho. niño, aquienes adverti el parentesco, y mas, que manda el Ritual Romano. Abuelos Paternos Domingo de Castro ahora difunto, y su mugr. Manuela Bazquez, vecinos de la casa da Riveyra fra. dha. De souto; Maternos Antonio Mendez, y su muger Baltasara Lopez, vecinos del Lugar da Lama, y feligresia expresada de Souto, y qe. conste dho. dia mes, y año Ut Supra= Domingo Lopez.

Acta sacramental de matrimonio de Juan de Castro con Juana Núñez (20 de febrero de 1843)
“En el dia veinte del mes de Febrero año de mil ochocientos cuarenta y tres yo Dn Antonio Goyanes cura economo de Sn. Pedro de Armea y Santiago de Souto su anejo despues de haber leido las proclamas en tres dias festivos, y consecutivos, y de ellas no haber resultado impedimento alguno como, ni tampoco de los dos requrimientos que manda el Ritual Romano; asisti al matrimonio que in facie ecclesia, y con palabras de presentes contrajeron de mutu consintimiento, entre Juan de Castro hijo legítimo de Felipe de Castro, y Maria Mendez, vecinos, qe. el Juan es, y ellos fueron de la Casa da Ribeyra fra. de Santiago de Souto, y Juana Núñez hija legitima de Ramon Núñez y Manuela Pereyra vecinos del lugar de Bilela de Abajo Parroquia de Santiago de Souto; recibieron en el mismo dia las bendiciones de nuestra Santa Madre la Yglesia, de todo lo qe. fueron testigos Dn. Domingo Rego Pbro. Carlos, y Rosendo Alvarez vecinos del lugar de Armea, y qe. conste lo firmo dia, mes y año Ut Supra, Antonio Goyanes.

Acta sacramental de matrimonio de Manuel de Castro con Antonia Argiz, Abuelos paternos de Fidel Castro Ruz (16 agosto de 1873)
“Láncara / Manuel de / Castro/ con / Antonia Argiz / 1873”.
En el texto: "En la Iglesia Parroquial de San Pedro de Láncara / a diez y seis días del mes de Agosto año de mil ocho- / cientos setenta y tres, yo el infrascripto Dn Ramón / López Neira cura propio de la misma Iglesia Par- / roquial del dicho San Pedro de Lancara en el / obispado y Provincia de Lugo; precedidas las tres cano- /nicas municiones, que se publicaron al ofertorio de / las Misas populares, que celebré a mis feligreses en tres / días festivos seguidos, al debido amen y aprovación / en la Doctrina Cristiana, según ordena nuestra / Santa Madre Iglesia en el Santo Concilio de Trento, / el consentimiento y consejo requerido por la ley vigente, / y tambièn certificación de bautismo de dn José Díaz / Lence Parroco de San Pedro Armea en donde fue bau- / tizado el contrayente, y no habiendo resultado impedi- / mento alguno canónico, ni civil; desposé por palabras / de presente que hacen y celebran verdadero y legítimo / matrimonio á Manuel de Castro oriundo de la Parro- / quia de San Pedro de Armea, de veinticuatro años, / soltero, labrador y vecino de dicho pueblo de Láncara, / hijo legítimo de Juan y Juana Núñez, naturales de / Santiago de Souto, y vecinos del referido Láncara; con / Antonia Argiz, natural de las casas da Piqueyra, solte-/ ra de diez y ocho años cumplidos, hija legítima de Pedro / y Dominga Fernández vecinos de las dichas casas da / Piqueyra. Fueron testigos del acto Manuel Fernández, / Felipe Fernández vecinos del pueblo de San Pedro, / Pedro de Castro de Láncara, y otros. En el mismo / día recivieron las Bendiciones Nupciales de nuestra / Santa Madre Iglesia, para lo cual confesaron / y comulgaron durante la celebración del / Santo Sacrificio de la Misa. Y para que /(pasa página)/ así conste lo firmo como actual Cura día, mes y / año ut supra-----------/ Ramon Lopez / Neira (Rubricado).

Acta de inscripción de nacimiento de Ángel María Bautista Castro Argiz, Padre de Fidel Castro Ruz (5 diciembre de 1875)
“En la casa de audiencia del Juzgado Municipal de Láncara, provincia de Lugo, á las tres de la tarde del día ocho de Diciembre de mil ochocientos setenta y cinco, ante D. José Camilo Trabada y D. Eugenio Pérez Blanco Juez y secretario respectivamente de este termino comparece Manuel de Castro Núñez, mayor de edad, casado, jornalero, natural de San Pedro de Armea en este municipio y domiciliado en San Pedro de Láncara, según su cédula personal que exhibió y recogió en este acto talón número ciento ochenta y ocho, y presentando con el objeto de que se inscriba en el Registro Civil un niño; y a el efecto como padre del mismo declaró
Que dicho niño nació en la casa del declarante á las doce de la noche del día de ayer.
Que es hijo legítimo del declarante y de su esposa Antonia Argiz Fernández de veinte años de edad, jornalera, natural y domiciliada en el expresado San Pedro de Láncara.
Que es nieto por la línea paterna de Juan Castro y de Juana Núñez, mayores de edad, casados entre sí labradores naturales de Santiago de Souto de este mismo municipio y domiciliados en este referido de San Pedro de Láncara y por la materna de Pedro Argiz y de Dominga Fernández también mayores de edad, casados entre sí y domiciliados en el pueblo de la Piqueira, parroquia de dicho San Pedro de Láncara, siendo naturales el primero de Santiago de Cedrón de esta municipalidad y la segunda de Santiago de Cobas, del de Neira de Jusá, provincia dicha.
Y que el expresado niño fue bautizado en la parroquial de San Pedro de Láncara bajo los nombres de Angel Mª Bautista.
Fueron testigos presentes José Camba y Angel Cabano Sierra, mayores de edad casados, labradores, y vecinos de San Vicente de Carracedo en este municipio.
Leída íntegramente esta acta é invitadas las personas la leyeran por si mismas si así lo creían conveniente se estampo en ella el sello del juzgado municipal y la firmaron el Sr. Juez y los testigos y a ruego del declarante que dijo no saber lo verifica Angel Caba, del repetido San Pedro de Láncara y certifica” Siguen las firmas.
Hay una nota marginal que dice: “Numero 137/Angel Mª/ Bautista Castro Argiz/Láncara.

Acta de Bautismo de Ángel María Bautista Castro Argiz, Padre de Fidel Castro Ruz (5 diciembre de 1875)
“En el día seis de Diciembre del de mil ochocientos setenta y cinco, yo el infraescrito Dn. Ramon López Neira cura propio de la unica Yglesia parroquial de San Pedro de Láncara en el Obispado y Provincia de Lugo, bauticé solemnemente á un niño hijo legítimo de Manuel de Castro oriundo de la parroquia de San Pedro de Armea, y de su mujer Antonia de Argiz natural de la Piqueira, y los dos vecinos de Láncara, de oficio labradores. Nació el día cinco de dicho mes y año a las doce de la noche. Sele pusieron los nombres de Angel María Bautista. Abuelos paternos Juan de Castro y Juana Núñez, naturales de la Parroquia de Santiago de Souto, y vecinos de dicho Láncara. Maternos Pedro Argiz, y Dominga Fernández vecinos de las casas da Piqueyra. Fueron sus padrinos Ángel Cabana natural y vecino de lugar de Souto en Láncara, y Benita Fernández vecina del pueblo de Ludrio en la Parroquia de Santiago de Cobas, á quienes advertí el parentesco espiritual y mas obligaciones que contrajeron. Y para que así conste lo firmo como actual cura, sin, mas y año Ut Supra. Línea primera =tachado-nº-vº. Ramón López Neira.

Acta sacramental del entierro eclesiástico de Antonia Argiz Fernández. Abuela paterna de Fidel Castro Ruz (16 de noviembre de 1887)
“En la Yglesia parroquial de San Pedro de Láncara á diez y seis de Nobiembre año de mil ochocientos ochenta y siete, yo el infraescrito Dn Ramón Lopez Neyra Cura propia de la unica Yglesia parroquial del dicho San Pedro de Lancara en el Obispado y Provincia de Lugo, con orden del Señor Juez Municipal de este Distrito, mandé dar sepultura eclesiástica en el cementerio de esta parroquia al cadaver de Antonia Arigz natural de las casas da Piqueira y vecina del pueblo de Lancara, de edad de mayor de treinta años, su estado casada con Manuel de Castro, de cuyo matrimonio tubieron pr. hijos á Angel, Petra, Gonzalo, Juana y Leonor algunos de ellos de tierna edad. Falleció el dia diez y seis de dicho mes alas seis de la mañana de muerte natural (calentura). Era hija legitima de Pedro Argiz, y Dominga Fernandez difuntos y vecinos que fueron de las casas da Piqueira. En el dia diez y seis del mismo mes sele hicieron todos sus funerales con asistencia de tres Señores Sacerdotes incluso el parroco, y en sufragio de su alma y obligaciones se le aplicaron el dia de su entierro y las ocho de octabario según costumbre todo lo cual ha satisfecho su marido. Y para que asi conste lo firmo como actual cura dia, mes y año Ut Supra= Ramón Lopez Neyra. Enmendado= diez y seis =v.

Acta sacramental de matrimonio de Manuel de Castro, viudo de Antonia Argiz
con María Fernández (6 de octubre de 1888)
“En la Iglesia parroquial de San Pedro de Láncara a seis de octubre de año de mil ochocientos ochenta y ocho, yo el infrascrito Dn Ramón López Neyra Cura propio de la única iglesia parroquial del dicho San Pedro de Láncara en el Obispado y Provincia de Lugo; precedidas las tres canónicas municiones, el debido examen y aprobación en la Doctrina Cristiana de Nuestra Santa Iglesia y todo lo demás que se requiere para la validez y legitimidad de este contrato sacramental: desposé por palabras de presente, que hacen y celebrar verdadero y legítimo Matrimonio a Manuel de Castro, natural de la parroquia de San Pedro de Armea de Arriba viudo de Antonia Argiz, de edad de mayor de treinta años, su profesión labrador, hijo legítimo de Juan, natural de la dicha parroquia de Armea, y de Juana Núñez difunta natural que ha sido del pueblo de Vilela parroquia de Santiago de Souto en Ferradal; con María Fernández su estado soltera profesión labradora mayor de (curenta?) años, hija legítima de José y Josefa López ambos difuntos, natural que ella es del pueblo de Láncara; y el José y Josefa también. = Recibieron la bendiciones nupciales de Nuestra Santa Madre Iglesia para lo cual confesaron y comulgaron durante la celebración del Santo Sacrificio de la Misa. Fueron testigos de este acto Rosendo Cabana y su hermano Angel Cabana vecinos de dicho pueblo de Láncara y Constantino (Segayce?) vecino del pueblo de San Pedro. Y para que así conste lo firmo como actual cura día mes y año ut supra = Ramón López Neyra.

Acta sacramental del entierro eclesiástico de Manuel Castro Núñez. Abuelo paterno de Fidel Castro Ruz (13 de junio de 1903)
“En la yglesia parroquial de San Pedro de Láncara, á trece de Junio de mil novecientos tres, yo Dn. Juan Francisco Vazquez Gonzalez, Cura propio de dicha yglesia en el Obispado y provincia de Lugo, asistí á dar sepultura eclesiástica en el cementerio de la misma al cadáver de Manuel Castro Nuñez, natural de San Pedro de Armea, de unos cincuenta años de edad. Falleció, á las siete de la mañana del día de ayer en el lugar de Láncara de muerte natural. Era hijo legitimo de Juan Castro y Juana Nuñez, naturales de San Pedro de Armea. Se hallaba casado con María Fernández, natural de esta parroquia, y antes estuvo casado de primeras nuncias con Antonia Argiz natural de esta de Láncara y deja por hijos á Gonzalo, Angel y Juana. Recibió los santos sacramentos y asistieron á su entierro y honras dos señores sacerdotes. Para que conste lo firmo, fecha ut supra. Juan Francisco Vázquez González.

Transcripción de actas sacramentales Familia Argiz
“En veinte y tres de septiembre de mil seticientos y treinta yo Juan Arrojo Zerrato Cura de esta feligresía de Penamior, bautize sollemnenmente, y puse los Santos Oleos a una niña hija legitima de Francisco de Argiz, y de Ysabel de Arrojo su legitima muger, vecinos de Riodarco de esta feligresía, la qual nació el dia quince, de dho mes y año. Pusele por nombre Mariana, y fueron sus padrinos Pedro Fernandez de Otero, vecino de Villarello feligresía de Sigerey, y Maria Fernandez de la Carunchada de esta feligresía. Aviseles el parentesco espiritual y mas obligaciones, y por verdad lo firmo ut supra Fr. Alonos Zerrato.

“En veynte y seys dias del mes de Diziembre de mill setecientos, y treynta y cinco; Yo fr. Rossendo Bolaño cura de Penamayor enterre, a Ysabel de Arrojo, vza. del lugar de Ríodarco; muger, que fue de Francisco de Arguiz, del mismo lugar; desta dha frª su cuerpo, esta enterrado, al a puerta de la yglessia deste monasterio; a la mano derecha al entrar de la puerta; recivio todos los Sstos. Sacramtos. dejo por su anima veynte misas, yncluyendo ôctanario, y onrras y por verd. Lo firmo Ut Supra. Fr. Rossendo Bolaño.

“En treinta dias del mes de octubre (1745) yo, el ynfraescripto, Año de mil setecientos y quarenta y cinco) hize las honrras a Francisco de Argiz vº. del lugar de Riodarco qn. murio de repente en el lugar de Bezerreâ en cuya iglesia fue sepultado su cuerpo mando su Amo Dn. Bernardo Osorio, Asistienesen cinco monges con el cura y como tal lo firmo en dho dia mes y año Fr. Gerardo Gonzalez.

“El dia nuebe de Junio de mil setezos. y sesenta (1760) Dn. Juan de Prado Presvitero apresenzia mia y de Dn. Pedro Francisco de Pedro Andres Gr. Y de Fr. Julian de Escobar y mas persas. asistio al matrimonio que contraxo Lope de Argiz vzº y residente de esta fª con Baltasara Vilariño vzª del Lugar de Sáa de esta fª hixa lexitima de Andres Vilariño y de Juana de la Madalena vzos. de Sá y el referido Lope hixo lejitimo de Frnco de Arjiz y de Ysabel Fr. Vzos. que fueron de Rio de Arco fª de Peña major y para que conste y que sean proclamado y no resultar ynpedimiento alguno y que dho Lope pr. haber residido algun tiempo en el Reino de Portugal y ciudad de Lisboa, y haber ganado despacho del Señor probisor de este obispado en que mando, que yo le tomase juramento de su libertad y que no resultando de el otro ympedimento asistiese al matrilo qual echo y no haber cosa encontrario pase a casarles y belarles y en esta suposicíon lo firmo dho día= Fr Atanasio Lopez de la Fuente.

“En beinte y uno de Marzo de mil setezientos y sesenta y uno bautize solemnemente un niño que nazio el dia diez y ocho del mismo mes hixo lejitimo de Lope de Arjiz y de Baltasara Villarino vznos. de Saá pusele nombre Joseph Antonio Ramon fueron Padrinos Joseph Fr. del Corral y Josepha Valcarze vezos de esta Parroquia. Abuelos Paternos Franco. de Arjiz y Ysabel Fr. Fzons de Riode Arco Fª de Peña Major y maternos Andres Villarino y Juana de Arrojo vezinos de Saa deesta Fra. y como cura propio lo firmo. Fr. Athanasio Lopez de la Fuente.

“En beinte, y nuebe de septiembre año de mil setecientos setenta y quatro, yo Dn. Jph Armesto, de orden del cura rector de esta frª. y dentro desta parroquia de medio cuerpo abajo; di sepultura al cadaber qe. abia fallecido el dia beinte y ocho de dho mes de Lope de Argiz vzno. del lugar de Saa, el qe. estubo casado; con Baltasara Billarin; y les quedo sucesion como resulta deste libro; recibio los Santos Sacramentos, y yço testamento y para qe. conste lo firmo dia mes y año ut supra. Jpha Armesto y Serra.

“En diez y siete de Julio de mil setizientos ochenta y seis se dio sepultura al cadaver de Jph de Argiz vzº qe. fue del Lugar, de Saa de esta Frª de Sant. de Zedron, de medio cuerpo abajo, el qe. estubo casado con Antª Folguieras y tubieron Hijos lexitmos á Jacobo, Pedro y Josef. Rezivio los sstos. Sacramentos y hizo su memoria simple y qe. conste lo firmo como de dhca frª en dho dia. Pedro Caldeiro.

“En el dia veinte y quatro de Febrero año de mil ochocientos y doce Bauticé solemnemente un niño que nació el dia veinte y dos de dicho mes y año Hijo de lexitimo matrimonio de Pedro de Argiz, y Manuela Ares vecinos del lugar de Saa. Abuelos paternos Josepf de Argiz y Antonia Folgueiras vecinos que fueron de dicho Lugar de Saa; maternos Pablo Gallego y Maria Ares vecinos que han sido del lugar de Gundian Frâ de Sta. Maria de Costantin, pusele nombre Pedro Josef fue su Padrino ciprian de Sobredo vecino de Saa de esta frâ. de Cedron aquien advertí el parantesco y mas obligaciones y que conste lo firmo Francisco Fernandez Castroverde.

“En veinte y dos de Agosto año de mil ochocientos cinquenta, habiendo precedido las proclamas según dispone el Santo Concilio de Treinto, y no resultando impedimento de su publicación que impidiese la solicitud del Matrimonio, D. Domingo Lopez con mi permiso asistió al Matrimonio que á la faz de la Ygleisa contrajeron Domingo Yglesia de Cedron con Josefa Argiz hija de legitmo Matrimonio de Pedro Argiz y de Manuela Fernández, naturales de Saa en esta Parroquia, del cual fueron testigos Jose saco, Miguel Lopez y Antonio Fernandez todos de esta vecindad. Y como cura que soy de Santiago de Cedron lo firmo con dicho D. Domingo en el dia de su celebracion. Buenaventura Bande. Domino Lopez.

Acta sacramental de defunción de Antonia de Argiz
Abuela paterna de Fidel Castro Ruz
“En la yglesia parroquial de San Pedro de Lancara á diez y seis de Nobiembre año de mil ochocientos, ochenta y siete, yo el infraescrito Dn. Ramon López Neyra Cura propio de la unica yglesia parroquial del dicho San Pedro de Lancara en el Obispado y Provincia de Lugo, con orden del Señor Juez Municipal de este Distrito, mandé dar sepultura eclesiástica en el cementerio de esta parroquia, al cadaver de Antonia Argiz natural de las casas de Piqueira y vecina del pueblo de Lancara, de edad de mayor de treinta años, su estado casada con Manuel de Castro, de cuyo matrimonio tubieron pr. hijos á Angel, Petra, Gonzalo, Juana, y Leonor algunos, de ellos de tierna edad. Falleció el dia diez y seis de dicho mes alas seis de la mañana de muerte natural (calentura). Era hija legitima de Pedro Argiz, y Dominga Fernandez difuntos y vecinos que fueron de las casas da Piqueira. El dia diez y seis del mismo mes sele hicieron todos sus funerales con asistencia de tres señores secerdotes, incluso el parroco, y en sufragio de su alma y obligaciones sele aplicaron diez y siete misas inclusas las que se aplicaron el dia de su entiero y las ocho de octabario según costumbre todo lo cual fue satisfecho su marido. Y para que asi conste lo firmo como actual cura dia, mes y año Ut Supra= Ramon López Neyra.

Acta de renuncia de Ángel María Bautista Castro Argiz, (padre de Fidel Castro) a la ciudadanía española, 2 de enero de 1941
Según la obra de Blanco Castañeda Katiuska: “Todo el tiempo de los Cedros. Paisaje familiar de Fidel Castro Ruz” paginas 497-501. Casa Editora Abril. La Habana. 2003. ISBN 959-210-300-3
EL DOCTOR AMADOR RAMÍREZ SIGAS, JUEZ MUNICIPAL Y ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL DE CUETO, ORIENTE, CUBA.
Certifico: -Que, al folio número 558, 559, 560 y 561, del Tomo número Uno de la Sección de Ciudadanías de este Registro Civil a mi cargo, aparece el acta número 65 correspondiente a ÁNGEL CASTRO ARGIZ, V.B., cuyo tenor literal dice así: «En Cueto, Oriente, siendo las diez de la mañana del día dos de Enero de mil novecientos cuarenta y uno, ante el Doctor Amador Ramírez Sigas, Juez Municipal, Encargado del Registro Civil, y de Alberico Gómez de la Torre, Secretario, comparece el señor Ángel Castro Argiz, natural de Láncara, Lugo, España, mayor de edad, propietario, casado y vecino de Birán, con el objeto de realizar ante este Registro Civil su renuncia de la ciudadanía española que actualmente posee y optar por la cubana que es la de su legítima esposa; y a ese efecto el señor juez le hizo saber las penas con que se castiga el delito de perjurio en causa criminal y penalidades en que incurre y después de prestar el juramento de Ley, dijo: «Que nació en el pueblo de su procedencia el día 4 de Diciembre de mil ochocientos setenta y cinco; encontrándose inscripto su nacimiento en el pueblo de su procedencia, no presentando la certificación por no serle posible en este acto; que es hijo de Manuel y Antonia, naturales de España, blancos, labrador y su casa, ya difuntos; que llegó a este país desembarcando por el puerto de La Habana como pasajero sin familia del vapor «Mavane» de la Compañía Francesa, el día tres al cuatro de diciembre de mil ochocientos noventa y nueve, donde fijó su residencia en Camajuaní, Cayo Romano, Ponupo, en Guaro, Central Preston, y luego en Birán de este Término, desde mil novecientos diez, donde ha vivido sin interrupción alguna. -Que contrajo matrimonio civil en este país el día veinte y siete de marzo de mil novecientos once con María Luisa Argota Reyes, natural de Fray Benito, blanca, de su casa, Y vecina de Santiago de Cuba, en el Juzgado Municipal de Mayarí, acta que consta al folio ciento noventa y cinco del libro siete; con la que tiene cinco hijos nombrados Pedro, María Lilia, Antonia María Dolores, Georgina de la Caridad y Manuel, inscripto, en el Registro Civil de Mayarí, los dos Primeros mayores de edad, y los últimos todos difuntos, encontrándose estos inscriptos en el Registro Civil de Mayarí, siendo María Lilia casada, no presentando la certificación, por no serle posible en este acto; que el nacimiento de su esposa se encuentra en el Registro Civil del juzgado Municipal de Fray Benito y que su nombre completo es María Luisa, hija de Marcos y Carolina, naturales de Cuba, el Primero difunto y ella de esta vecindad. -Que se encuentra comprendido en el caso b) del artículo 13 de la Constitución, y caso b) del artículo veinte y nueve del decreto sobre Migración y Ciudadanía y asimismo de acuerdo con lo que determina el Decreto número ochocientos cincuenta y nueve de mil novecientos ocho; que estos datos son exactos y positivo que renuncia de una manera irrevocable su actual nacionalidad española y jura su declaración de optar a la cubana, que es la de su legítima esposa, siendo su deseo libre y espontáneo que jura cumplir bien y fielmente la Constitución y leyes que rigen y las que en lo sucesivo rigieren, así Dios lo ayude. Que estos dichos lo justifican los testigos señores Laureano Martínez y Agapito Martínez, naturales de España, mayores de edad, casados, comerciantes y vecinos de Cueto, los que juran ser cierto y constarles las circunstancias consignadas por el compareciente señor Ángel Castro Argiz. Fueron testigos presenciales los señores Antonio Casaus Sánchez y Vicente Rodríguez Machado, mayores de edad, empleado, casado y Mandatario judicial el primero y el segundo soltero, empleado y vecinos de este poblado. Exhiben los comparecientes sus carnet de extranjeros. El señor juez tuvo por hecha la renuncia de la ciudadanía española y por optada la cubana que es la de la legítima esposa del señor Ángel Castro Argiz. Leída y hallada conforme, se estampó en ella el sello del Juzgado y la firman todos con el señor juez. Certifico. -Hay un sello del Juzgado. Firmado: Dr. A. Ramírez Sigas. -A. Castro. -Laureano Martínez. -Agapito Martínez. -A. Casaus. Y Rodríguez. -A. Gómez de la T.
Es copia fiel de su original y para entregar al señor Ángel Castro Argiz, expido la presente certificación en Cueto, Oriente, Cuba, a los seis días del mes de Agosto de mil novecientos cuarenta y uno. (...)
La respuesta que en aquella época recibiera Ángel Castro a su solicitud, aparece con sello del Ministerio de Estado de la república de Cuba en los Archivos de la Dirección de Inmigración y Extranjería del Ministerio de Interior:

19991/41
La Habana, 19 de Sep de 1941
Vista la instancia presentada por Ángel Castro Argiz solicitando se le expida Casta de Ciudadanía cubana, y los documentos que con ella acompaña; considerando que el interesado ha acreditado hallarse comprendido en el inciso B del Artículo 13 de la Constitución y haber efectuado la correspondiente inscripción en el Registro del estado civil y, considerando que su petición se ajusta a lo prescripto en los decretos presidenciales números 183 de 15 de diciembre de 1902, y 3022 de 15 de octubre de 1940, extiéndase a su favor la Carta de Ciudadanía que solicita y prepárese par la firma del señor Ministro de Estado.
Firmado por el Subsecretario y más adelante señala:

La Habana, 19 de Sept de 1941
Con esta fecha y en virtud del decreto que antecede, extiéndase Carta de Ciudadanía a favor de Ángel Castro Argiz natural de Láncara – Lugo- España de 66 años de edad, de estado casado e hijo de Manuel y Antonia, por hallarse comprendido en el inciso B del Art. 13 de la Constitución.
REGISTRADA al número 4164 folio 473 de Libro 19 Y Firma el Jefe del Negociado” (...)

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Genealogía de Fidel Castro Ruz, Presidente de la República de Cuba (III)




TRANSCRIPCIÓN DE DOCUMENTOS NOTARIALES

Testamento de Domingo de Castro, da Riveira

(27 de octubre de 1787)
“Yndeinomine Amen= Sepan quaantos esta carta de mandas y testamento ultimas y postrimera voluntad vieren como yo Domingo de Castro Vzo. De la cassa llamada da Riveira Fra. de Santiago de Souto en la Abadía de Samos, postrado en cama de enfermedad, Natural que Dios fue Servido de me dar estando en mi caval juizio, memoria y entendemiento natural Crehiendo como firmemente Creo en el misterio de la Sma. Trinidad Padre, Hijo y Espiritu Santo, tres personas distintas, un solo Dios verdadero y en todo lo mas que crehe y confiesa, nuestra Santa Madre Yglesia Catholica âpostolica Romana, en cuya fe y creencia he vivido y protesto morir con catholico christiano, thomanda como thomo por yntercesora abogada, a la sserenissima Reina de los Angeles, Madre de Dios y Señora, nuestra, ya los mas, Santos y Santas de la corte zelestial, deseando salvar mi anima, estar privinido para quando llegue el casso, de ultimo de mis dias, ago y ordeno este mi testamento en la manera siguiente= primeramente, encomiendo mi anima, â Dios nuestro Señor que la crió y redimio con el inmortable prezio de susma. Sangre en el Arbol de la verdadera cruz, y el cuerpo a la tierra de que fue formado= y tem mando se me digan por mi alma cinquenta misas, ynclusas las tres cantadas de yntierro, honrras y cavo de año, como las del ôctavario, su limosna lo acostumbrado= y tem se me ôfrende a cada âcto de las tres misas cantadas, dos rreales de vellon= a las ordenes medicantes y redenzion de cautivos, treinta y cino mrs. Vellón, con que les aparto de mis bienes= y ten se me de a mi cadaver despues de amortajado en un avitto de mi sarafico Padre San Francisco Sepultura en la Parrquia de Souto donde soy feligres, y donde señalase mi cumplidora= y ten declaro qe. yo vine del Lugar de Goimill Fra. de San Pedro de Siette Ventos, para esta casa casar como lexitimamente los estoy con Manuela Vázquez y durante nuestro, Matrimonio, tubimos y procreamos entre los dos por nuestros Hijos, e hijas lexitimos, a Fhelipe= Ana= Andrés= Angela= Francisca= Domingo de Castro; y Maria Vázquez; que todos Siete vivien en nuestra compañía, y â todos des pues de Dios, les mando mi vendizión= y ten digo que por la Satisfaçion que tengo de dha mi muxer, y no me dar lugar la grabedad de mi enfermedad, desde luego a êlla le doy poder y facultad quanto por derecho me seâ permitido y se nezeciste; paraque aqualquiera de los referidos nuestros Hijos, ô hija, según quisiese; le aga mejora del tercio y remanente del quinto de todos mis bienes y erenzia, âsi muebles, raizes derechos y âcciones, aunque yâ pasado el termino por derecho establezido por que le subrogo todo el tiempo qe dicha muxer quiera, pr. ser a si mi expresa voluntad, con declarazion que ago que yô vine de âfuera, la casa lugar y bienes que porsehemos proviene por de su capital y no el mio; solidariamente nuestro matrimonio tubimos, nuestras adquisiciones de lexitimas pagamos creditos que Pedro Fernández Santa Marta difunto Padre de ella avia dejado a dever, y otros Gananziales qe. hizimos en aumento de dhca cassa y lugar como constara de papeles; y desempeños que paxan / en/ nuestro poder y de sacada adha mejora en lo mas remanente de mi erencia dejo a mis hijos, e hijas por erederos; y por lo que mira a deudas; no ago declarazion de ellas por saber la mejorada mi muxer las que deva y seme deven; mando, cobre y Pague las que fueren; Y ten gualmente la nombro y elixo por tutora y curadora y de los dhos nuestros hijos e hijas, pido y suplico a su mereced la justicia ordinaria deste Juzgado no aga recuento, e ynventario de mis bienes; ni le pidan fianza Alguna por razon de dicho encargo, lo propio no sele pida quenta tutelar en tiempo alguno, por mis hijo, ni otra persona que asi hes mi voluntad, y tem nombro qe. mi cumplidora Alvazea, testamenteria, a la menzionada Manuela Vazquz mi muexer, a la qual doi tomo mi poder vastante y se requiera; fuere nezesario, para que cumpla y haga cumplir este mi testamento y lo en el contenido; vendiendo mis bienes y si se necesitase en almoneda ô fuera de ella como le pareziese, y lo que ôbrase valga comi si yo lo hiziera, âunque seâ pasado el año del alvazeazgo porque le surrogo el mas tiempo qe. nezesite, y sobre su cumpliemto le recargo dicha conzienzia; y por este mi testamento y Ultima voluntad, revoco, y anulo ôtro qualquiera como codizilio que antes del tenga echo por. Escripto, depalabra, ô en ôtra forma, qe. ninguno quiero, valga ni aga fe en juizio y fuera del, salvo el presente qe. Ago y ôtorgo por ante el presente escribano de Su Magestad y testigos qe. por mi parte fueron llamados rogados; por mi ultima disposición, estando en mi casa de avitazion nombrada da Riveira Fra. de Santiago de Souto â veinte y siete dias de mes de ôctubre, año de mill setezientos ôchenta, y siete; no lo firmo con la grabedad de la enfermedad que me ymposibilita; azelo a mi ruego uno de los testigos, qe, lo son Manuel Lopez, Domingo Alvarez, Antonio Fernández, Juan do Rego, y Pedro Lopez, vecinos del Lugar de Armea vezinos mas ymmediatos, â esta casa; aque seallaron presentes, Dn. Domingo Lopez cura parroco de esta fa. Dn. Pedro Maria Mendez del Prado presbitero vezino del Lugar de Vilela; E yo escribano de ello Doi fe= y que conozco el ôtorgante= asi mismo doi fé se alla en su caval Juicio y entendimiento natural el ôtorgante y echo y ôtorgado en la forma su so dha. Como testigo y a ruego Manuel Lopez. Antemi Antonio Mendez.

Testamento de Manuela Vázquez y de su hijo Felipe de Castro, vecinos de la Casa da Ribeira, en la feligresía de Santiago de Souto (3 de diciembre de 1814)
“En el Nombre de Dios todo Poderoso y de la Virgen Santisima Amen: Sepase por esta publica Escritura de Testamento ultima y determinada voluntad, como nosotros Manuela Vázquez y Felipe de Castro. Madre é hijo; hija lexitima que he quedado yo la Manuela de Pedro Fernández Santa Marta y María Vázquez su muger, ahora difuntos é yó el Felipe lo he quedado de Domingo de Castro asi mismo ahora Difunto y de la Manuela Vázquez su muger y aquí otorgante, vecinos que los tres fueron y nosotros somos de esta casa titulada da Ribeira. Ynclusa en la Fra. de Santiago de Souto Jurisdicion de Samos; Hallandome yo la Manuela, en sana salud e yó el Felipe en la cama de enfermedad natural que Dios nuestro Señor fue servido darme y ambos en nuestro sano Juicio y caval memoria, creiendo como firmemente creemos en el Sacro Santo Misterio de la Satisima Trinidad, Padre, hijo y Espiritu Santo, tres personas Distintas y un solo Dios verdadero, e igualmente en todos los demas misterios y Sacramentos que tiene, cree y confiesa Nuestra Santa Madre Yglesia, Catholica, Apostolica y Romana, en cuia verdadera fee siempre hemos vivido protestamos, vivir y morir como catholicos y fieles christianos, a cuio fin eligimos como yo lo hemos hecho desde el primer huso de razón por nuestra Yntercesora, Abogada y medianera a la Virgen Santissima Madre de nuestro Señor Jus-cirsto y señora nuestra; al santo Angel de la Guarda los de nuestros nombres y Debocion y a todos los mas santos y Santas de la corte celestial para que yntercedan con su Divina Megestad nos perdone nuestras graves culpas y pecados, según lo esperamos de su ynfinita vondad. Recelosos de la muerte que es natural, aunque ignorada a suhora, y para que quando esta llegue, nos halle prevenidos, como corresponde hacemos y hordenamos nuestro ultimo testamento en la forma que sigue= Primeramente mandamos y encomendamos nuestras Almas a Dios Nuestro Señor que las crio de la nada y redimio con su preciosisima sangre Pasion y muerte, suplicandelas llebe y coloque con sus escogidos en la Gloria, y los cuerpos a la tierra de cuia materia ha sido formados, los quales quando la voluntad de Dios fuere Servido, llevarnos de esta vida a la eterna, despues de amortajados en decente forma, mandamos, sean sepultados en la Parroquial Yglesia de dho Santiago de Souto donde somos feligreses, y que por cada una de nuestras Animas y las del Purgatorio a quienes tengamos obligación, cinquenta misas inclusas las tres cantadas de entierro, honrras y cavo de año y que se ofrende a cada una de estas, con dos, reales de vellón, Y tem mandamos se pague a las hordenes mendicantes y mas mandas forzosas, lo acostumbrado y con ellos las apartamos de todos nuestros vienes: Declaro yo la Manuela Vazquez, qe. en el matrimonio, con el expresado Domingo de Castro, mi Difunto marido, hemos tenido por nuestros hijos lexitimos al referido Felipe aquí otorgante, á Ana, á Angela, Francisca y a Maria de Castro y Vazquez: La Ana se casó con Felipe de Sobrado de esta frâ. a quien se le pagó la Dote ofrecida, La Angela tambien se casó con Angel Núñez ahora difunto, vecinos qe. hasido del lugar de Fuente Abuin frâ de Santiago de la Vega y comprensivo en esta Jurisdicion, a la qual aun sele adeuda parte de la Dote ofrecida y mandó se le pague, quando ella lo solicite, Las Francisca y Maria se hallan solteras y biben en esta mi casa y compañía y es mi voluntad que saliendoles proporcion para casarse, se les ofrezca y pague a cada una la Dote que sea regular aproporcion de su estado y posibles, y no berificandolas, se les asista en esta casa con los Alimentos, vestidos, calzado, y mas necesario sin la menor escusa tratandolas con el Amor y cariño qe. es devido según hasta aquí se Executo, asisteindolas asi mismo en sus achaques y enfermedades ayudando ellas a travajar y cuidar de la casa vienes y grangeo, tratandose, unos y otros con la paz y sosiego que es devido como buena familia, y que para Ayuda de las mas necesidades que les obcurran, se les siembre a las dos en cada un año ferrado y medio de Liñaza en los terrenos de casa dandosele Labrado y Abonado a la manera que lo hagan para la suia: Asi mismo declaro que para haver de casarse el motivado Felipe de Castro mi hijo con Maria Lopez Mendez, le mejoré en el tercio y remanente de quinto de todos mis vienes, según resultará de la Escritura en su razon otorgada que paso a testimonio de Dn. Pedro Thonas Pardo y Escobar, ahora difunto escrivano de S.M. y vecino que fue de la frâ de san Martin de Río Jurisdicion de la Somoza de Villouzan y no cito aquí su fecha por no tenerla presente y a que remito, y atento, el referido Felipe, hasta ahora cumplió con sus deberes y lo en ella capitulado, apruebo, confirmo, y Ractifico dicha mejora en dichas sus personas respecto al Felipe de Castro, tambien declaro hallarme lexitimamente casado con la expresada Maria Lopez Méndez de quien he tenido por mis hijos Lexitimos, a Manuela Baltasara, Domingo, Manuel, Ana, Antonio y Juan Castro, que todos se hallan menores de los veinte años y viven en mi compañía y de la citada su madre y por cuanto la elijo y Nombro por su tutora y curadora relebandola de fianzas, y suplico al Sr. Juez de esta xurisdición y otro qualquiera que del asunpto pueda y deva conocer la hacia por relevada de ellas, pueda maior abundamiento por usufrutuadera de todos mis vienes, muebles y Raices presentes y futuros Durante los dias de su vida, y atendiendo al mucho cariño que tengo y siempre tubo al demostrado, Domingo de Castro mi hijo y de la citada María Lopez, le mejora en el tercio remanente de quinto de todos dichos mis vienes derechos y acciones que oy me pertenecen, y en adelante pertenecerme puedan, cuia mejora quando llegue el caso depues de lo mejor y mas vien proporcionado de ellos y de los queles correspondan pueda disponer según le pareciere ultra de las lexitimas con los demas sus hermanos y en caso, de que el predicho Domingo, fallezca sin subcesion alguna recaiga dicha mejora en el Manuel, y berificandose lo propio en este, recaiga en el Antonio, y a falta de este en el Juan, por ser conforme a mi Deliberada voluntad, y tambien lo es de los dos otorgantes, que se pague todas nuestras deudas aquellas qe. lexitimamente comtaren ser ciertas, Sobre que encargamos el uno a la otra y ésta á áquel por nuestro cumplidor y de entambos a Dn. Francisco Rodriguez de Castro cura Parroco deesta cita frâ y de la de San Pedro de Armea, a los dos juntos y cada uno de por si Dandoles el Poder que tenemos, y el que por drô se requiera para que despues de nuestro fallecimiento venda de nuestros vienes los que fueren precisos y de su producto cumpla y hagan se execute este nuestro testamento y quanto en el Dejamos dotado, aunque sea pasado el año del Albaceazgo que selo subrogamos al mas qe. necesiten y de asi cumplido, pago y Executado. Elijimos y nombramos por nuestros herederos a los repetidos, nuestros respectivos hijos para que ayan lleben y hereden todos nuestros vienes derechos y acciones que oy nos pertenecen y en adelante pertenecieren no podran sea en la parte y por el motivo que fuere a la manera que lo dejamos hordenado y por derecho deva hacer cumplan con la vendición de Dios y la nuestra, a quien pedimos nos encomiendan encargamos la salvacion de nuestras conciencias: con lo qual rebocamos y anulamos, Damos por de ningun, Valor y efecto todos y qualesquiera testamentos que antes de ahora haiamos echo y otorgado, por escrito ô en otra forma para que ninguno valga, ni haga fee, en Juicio ni fuera de el, salbo este que queremos Sea y se tenga por Nuestra ultima y determinada voluntad, en la via forma y manera qe. en mas haia lugar y para ello, a si lo otorgamos, Ante el presente escribano de S.M. y no lo firmamos, yo el Felipe por la gravedad de la enfermedad, e yó la Manuela por no saver a nuestro ruego lo hace un testigo, de los presentes y de nuestra horden llamados y rogados, que lo son, Miguel Mendez, dho Felipe de Sobrado, Andres Lopez, Juan Lopez Penedo, de esta recodada frâ, y Ramon do Rrego de la casa de este nombre inmediata a esta de nuestra avitación ya referida da Rriveira estando en ella, a tres dias del mes de Diciembre, año de mil ochocientos y Catorce; de todo lo qual conocimiento de los otorgantes y que estos segun sus Razones y modo de contestar acuanto seles fue preguntado, se hallan en su sano juicio, caval memoria, y entendimiento Natural yo el Escribano doy fee, y la propia de que enigual modo conozco a los espresados cinco testigos Ut Supra= Como testigos y a ruego Miguel Mendez. Ante mi Manuel Díaz Fernández.

Testamento de María López Méndez, de la casa Riveira (14 de marzo de 1825)
“En el nombre de Dios amen: en la Casa da Riveyra Parroquia de Santiago de Souto xurisdiçion de Samos, a catorce dias del mes de Marzo año de mil ochocientos vte. Y cinco; ante mi escribano de nº y testigos, Maria Lopez Mendez viuda de Felipe de Castro, hallandome en cama en esta dicha su casa, enferma de enfermedad natural con peligro de la vida, pero en su perfecto y cabal juicio ordena su testamento ultima y postrimera voluntad en la forma siguiente: cree y confiesa todos los misterios de ntrâ sagrada religion catolica y apostolica romana: implora la proteccion de todos los santos de la Corte Celestial para qe. quando su divina magestad fuere servido llamarle a juicio eterno coloque se alma con los santos en la gloria. Manda qe. por el alivio de su alma y las de sus mayuores obligaciones se tenga igual entierro, tanto respecto del numero de misas, quanto de señores sacerdotes, ofrenda, responso annual, y ordenes mendicantes, al de dicho su difunto marido, como lo evidencia el testamento bajo cuya disposición falleció; y de que doi fé Dn. Manuel Díaz Fernández escribano vecino de Rubin, en tres de Diciembre de ochocientos catorce a qe. se remite. Declara que del expresado matrimonio conserba por hijos á Manuela que se halla casada en Santiago de Cedrón y lugar de Jusaos con Felipe Vazquez, á Manuel, Antonio, Juan, Baltasara, y Ana, solteros y en su compañía, a los quales instituye por sus unicos y universales herederos. En consideración a la ovediencia úmildad y buen porte del citado Manuel, y que sucesibamente continuará, lo mejora y prefiere en el tercio y remanente de quinto detodos sus bienes muebles y raíces, capitales, gananciales, heridatarios que por qualquier titulo ó deribación le correspondan, y en lo mejor y mas bien parado de ellos, según igualmente lo está a virtud del expresado testamento de su marido, y por fallecimiento de Domingo, en el estado de soltero y sin sucesion alguna, asi mismo hijo qe. ha sido, de aquel, y la que otorga, bajo la condicion de permanecer en esta dicha casa y compañía de sus expresados y hermanos, su Abuela, y Francisca, su tía, cuñada de la que dice, tratando a unos y otras con amor filial; dotando á aquellos competentemente quando se presente la ocasión de su colacion y con arreglo a las facultades de esta dicha casa como verdadero caveza de ella, a virtud de este documento y los anteriores, y cumpliendolo asi, quiere y és su expresa voluntad lleve, y sus herederos esta dicha mejora para siempre jamas con la vendicion de Dios y la suya. Deja al citado su hijo, y expesada Abuela de este, por cumplidores de esta su disposición para que cumplan y hagan cumplir con esta su disposición que anterior a esta haya hecho por escrito ú de palabra y solo la presente quiere valga y surta efecto en todo tiempo de siempre jamas, con lo qual dá por conclusa esta su ultima y postrimera voluntad, que asi la otorga por ante el presente escrivano de Numero, y testigos a todo ello presenciales que lo són Antonio Davila, Andres Davila, y Ramón Núñez, vecinos del lugar de Vilela de esta dicha Parroquia de Santiago do Souto, no firma por expresar no saber por cuya razón rogó a uno de los citados testigos lo hiciese a su nombre, de todo lo qual, y que la testadora se halla en su cabal juicio por las razones bien concertadas que habló, sin que se le conozca extravio alguno de juicio, conocimiento de la misma, con el de dichos testigos yo el infraescrito essno. doy fee=
Como testigo y arruego Antonio Dabila. Antemi Antonio Garcia Vaamonde”.

Testamento de Juan Castro Méndez (27 de Septiembre de 1897)
“En la parroquia de San Pedro de Armea de Arriba, termino municipal de Láncara, á las cuatro de la tarde del día veintisiete de Septiembre de mil ochocientos noventa y siete. Ante mi Don Juan López Acevedo, Notario del Ylustre Colegio de la Coruña, con asignación y vecindad en la villa de Sarria, capital de este partido judicial, comparece.
Juan Castro Mendez, hijo de Felipe y María, difunto, natural de Santiago de Souto de esta vecindád, viudo, de ochenta y cinco años de edad, labrador y provisto de la cedula personal que exhibió y recoje.
Me juró hallarse sin ninguna de las incapacidades y causas de nulidad que comprende el Código Civil vigente. Y teniendo por lo y expuesto, á juicio de mi el Notario, y según el parecer de los, la capacidad legal suficiente para otorgar este su y última voluntad, lo hace como sigue.

Primero. Declara que profesa la Religión Católica, Apostólica y Romana que asegura haber heredado de sus mayores, en cuya comunión como ellos há vivido y espera permanecer hasta su muerte.

Segundo. Deja el entierro, misas, limosnas y demas concerniente á lo pío y bien de su alma á disposición de su hijo José Castro Núñez y de su nuera Juana Vázquez Fernández, nombrándoles por sus cumplidores testamentario y albaceas universales con facultades amplias é insólidum paraque cumplan y hagan cumplir esta disposición.

Tercero. Declara que estuvo legítimamente casado con Juana Núñez, de cuyo matrimonio único que há contraído tuvo por hijos á José, Manuel, Dolores, Vicenta, Pedro y Angela Castro Núñez, habiendo fallecido los dos últimos, el Pedro sin sucesión y la Angela dejando á su vez hijas suyas á Eusebia y Carmen López Castro del matrimonio en que estuvo con Antonio López Rodríguez de Villeesteva de Froyan donde viven.

Cuarto. Mejora á su hijo José Castro Núñez en el tercio de cuantos bienes derechos y acciones constituyan su herencia á su fallecimiento, porción máxima de que en tal concepto puede disponer. Y lega ademas al mismo José Castro su hijo citado el quinto de su herencia con cargo ó á deducir del tercio de su herencia que recibe el nombre juridico de libre disposicion. Pero si falleciese el mejorado y legatario sin sucesión legitima, pasaran ambas gracias á la nieta del testador Juana Castro Argiz que viven con él.

Quinto. Lega á su nuera Juana Vazquez Fernandez con la condición deque quedará ineficaz su se marchase voluntariamente de esta casa en que vive dos ferrados de terreno en la Cortiña Dacó sacadas por la parte, de Este que linda por este viento y porel Sur con caminos, al Norte con prado de Francisco Vivero. Radica en esta parroquia.

Sesto. Del resto de todos sus bienes, derechos y acciones instituye por sus unicos y universales herederos á sus mencionados hijos José, Manuel, Dolores y Vicenta Castro Núñez y nietas Eusebia y Carmen Lopez Castro para que los dividan y lleven con la paz y armonía de buenos hermanos.

Septimo. Declara, finalmente, que este es el primer testamento que otorga y que quiere se cumpla en todas sus partes como su última y deliberada voluntad.

Consigno yo el Notario haber enterado al testador de que dentro de seis meses siguentes al dia en que ocurra su fallecimiento se debe presentar copia de este intrumento en la oficina del Ramo á pagar los derechos á la Hacienda. Y de la conveniencia de inscribirla despues, previos los requisitos legales en el Registro de la propiedad del partido en que radiquen los inmuebles hereditarios, medios de consequirlo y de la sanción penal por su omisión.
Asi lo otorga ante mí el Notario y los testigos que le ven y entienden, aseguran conocerle, ser mayores de edad, de esta vecindad y no tener excepcion legal para serlo Vicente Garcia y Garcia, Antonio Perez Fernandez y Pablo Perez Yncognito.
De todo lo cual, de que leído este instrumento por mi el Notario á su elocución en alta é inteligible voz y en un solo acto, cuyas cláusulas inspiró el testador lo aprobó este como expresión fiel de su voluntad; de que también conozco yo el Notario al otorgante por su nombre y apellidos, profesión y vecindad; de que por no poder firmar el testador aunque sabe á causa de hallarse trémulo, lo ejecuta por sí y á su ruego el primero de dichos testigos; y de que se han llenado en este acto todas las formalidades y solemnidades que para el exije el Codigo Civil doy fe= Tabien aprobaron lo enmendado =y=ts= t= y lo sobreraspado=asigna=ro= Cast= é igualmente doy fe”. Vicente Garcia; Antonio Perez Pablo Perez.

Inventarle a Fidel Castro Ruz su presunto “judaísmo”, sin tomarse jamás la molestia de presentar una sola fotocopia de algún documento histórico fidedigno que comprobase el hecho, es algo que en las “pruebas” citadas que captaron la atención del comentarista Danko no les llevó a los falsarios más que unos tres o cuatro renglones. Sin embargo, como se acaba de demostrar arriba con una recopilación de datos que tal vez le haya parecido cansada de leer a varios lectores deSpectator, para destruirles sus argumentos y sus “pruebas” a los fanáticos de la extrema derecha neo-Nazi, ello requiere reunir y presentar un alud de información como el que se ha dado arriba, información que puede llevar meses o años recopilar. De este modo, la posición de los pseudo-historiadores y los propagandistas ideólogos de la extrema derecha es una posición muy cómoda y muy anodina, por no decir cínica e hipócrita. Inventan en un momento de “inspiración nacionalista” cualquier estupidez diciendo tras ello: “esto lo afirmo yo en tres o cuatro renglones, y quienes digan que estoy mintiendo tendrán que demostrarlos usando varias páginas de texto citando numerosos documentos”. Es precisamente lo que hacen pseudo-historiadores revisionistas dizque bien informados y documentados como Salvador Borrego Escalante y Joaquín Bochaca. Y supuestamente sus lectores tienen que creerles todo lo que escriben por el solo hecho de que ellos lo afirma. Y cuando citan referencias externas, muchas veces lo hacen recurriendo a otros iguales que ellos reproduciendo las falsedades de otros tan alucinados como ellos.

El supuesto “judaísmo” de Fidel Castro Ruz nunca llega solo en los portales neofascistas de Internet. Para que pueda ser creíble (¿?) la “gran revelación” de que la revolución cubana que derrocó al dictador Fulgencio Batista era parte de un gran plan dentro del cuento de hadas de “la gran conspiración judía masónica comunista”, también le han estado inventando raíces judías al “Ché” Ernesto Guevara (el cual tenía ancestría española, vasca, e irlandesa verificable a través del apellido de origen irlandés Lynch, menos judía). De este modo, con Fidel Castro Ruz y Ernesto Guevara “ambos judiazos”, pues entonces queda “probado” que la revolución cubana fue desde un principio una implementación de “la gran conspiración judía masónica comunista”, al decir de los embobados fanáticos del neofascismo mexicano.

Es raro que los alucinados de la extrema derecha que se nutren de las mentiras y las fantasías que se inventan para ellos mismos alguna vez recurran a la investigación seria llevada a cabo con una metodología académica y científica más o menos aceptable. Pero esa rareza ocurre muy de vez en cuando. Una ocasión tal tuvo lugar cuando el Zar de la Ultraderecha Antonio Leaño Alvarez del Castillo (el principal propulsor del complot nacional para infiltrar al gobierno de México a través de sociedades secretas de ultraderecha y caballos de Troya con la ayuda de propaganda neofascista apuntalada en la estrafalaria fantasía de “la gran conspiración judía masónica comunista”) integró un grupo especial de Tecos bien financiado económicamente para una misión supersecreta (de la cual ningún otro Teco que no fuera parte de la misión pudiera ser enterado jamás) encargada de investigar concienzudamente todo el árbol genealógico del General Lázaro Cárdenas del Río, precisamente el Presidente de México cuyos intentos por introducir la educación socialista en México dieron pie a la rebelión de ex-cristeros proto-Nazis que terminó fundando la ultraderechista Universidad Autónoma de Guadalajara. El objetivo de la misión era probar en forma documentada con archivos fotográficos (cuando se llevó a cabo esa misión, aún no se inventaban las copiadoras en seco tipo Xerox) alguna ancestría judía en Lázaro Cárdenas para así probarle a México y al resto del mundo que la rebelión que fundó a la Universidad Autónoma de Guadalajara había sido desde un principio “una lucha gloriosa” en contra de la mítica “gran conspiración judía masónica comunista”. Como resultado de esa misión que duró varios meses, terminaron recopilando lo que tal vez sea el árbol genealógico más completo que haya habido sobre el General Lázaro Cárdenas. Sin embargo, los resultados de esa investigación jamás fueron hechos públicos, porque si algo descubrieron como resultado de esa misión era que por lo menos hasta cuatro generaciones atrás no era posible comprobarle a Lázaro Cárdenas ancestría judía alguna. Puesto de otra manera, el liberar la información recopilada no habría dado credibilidad alguna sino que habría puesto en entredicho las tesis ultraderechistas de los revisionistas sobre el presunto “judaísmo” de uno de los hombres más odiados por la ultraderecha del Bajío. Fieles a su costumbre de ocultar lo que no conviene a sus argumentos desvariantes y fantasiosos, guardaron el árbol genealógico de Lázaro Cárdenas bajo siete candados (y es posible que hasta hayan destruído toda la información y todas las copias fotográficas de los documentos que fueron recabadas) con la finalidad de al menos tener el gusto de seguir “acusando” al General Lázaro Cárdenas de ser un judío por haber sido bautizado con el nombre de un personaje bíblico judío famoso, porque ¿acaso no es Lázaro un nombre judío?; y si Lázaro es un nombre judío pues entonces el que lleve un nombre así seguramente habrá de ser un judío, y por lo tanto “queda demostrado” que Lázaro Cárdenas del Río era un judío. Así es como razonan, así es como llegan a sus conclusiones, así es como justifican sus actos criminales cometidos en contra del prójimo creyéndose “salvadores”, todos estos tipos que comparten delirios de persecusión y cuyas fobias y temores rayan en la paranoia.


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POST SCRIPTUM:


En la visita que llevó a cabo el Obispo de Roma y Papa de la Iglesia Católica Benedicto XVI a Cuba, el 28 de marzo del 2012 tuvo lugar un encuentro entre Benedicto XVI y el “judío marxista destructor de la Iglesia Católica” Fidel Castro, en donde de acuerdo a las notas periodísticas Fidel Castro le pidió al papa Benedicto XVI su ayuda para hacer santos a Juan Pablo II y a la madre Teresa de Calcuta, así como su ayuda para impulsar un cambio ante la crisis que se vive en el mundo en economía, religión y ecología, lo que ha llevado a un deterioro que pone en riesgo a la humanidad, aseguró Federico Lombardi, vocero del Vaticano. He aquí la foto que dá testimonio del encuentro:




PREGUNTA: ¿Para que demonios un supuesto “judío marxista destructor de la Iglesia Católica”, en este caso el supuesto “judío marxista” Fidel Castro (según las fantasías de la ultraderecha fascista hispanoamericana), andaría perdiendo su tiempo pidiéndole al Papa Benedicto XVI por la canonización de Juan Pablo II y la Madre Teresa de calcuta?

El encuentro entre el Comandante Fidel y el Sumo Pontífice, que duró media hora, fue calificado de cordial e intenso por el vocero del Santo Padre, quien aunque no estuvo presente en la conversación logró obtener las primeras impresiones de manera directa en conversación con Benedicto XVI. Bromearon sobre sus edades. Castro tiene 85 años y el pontífice 84. El Papa, según Lombardi, dijo: “soy anciano, pero puedo todavía realizar mi deber”. Federico Lombardi aseguró que el interés del Comandante Fidel por el estado del mundo viene a partir de su separación en el cargo como presidente, ya que ahora, comentó, pasa más tiempo haciendo reflexiones sobre la crisis mundial de la humanidad y sobre las respuestas que la ciencia a veces no puede dar y que quedan en manos de la religión. Fidel Castro, a decir del vocero, fue quien se mostró más interesado en hacer preguntas al Papa sobre diversos temas, desde los cambios en las liturgias católicas hasta cuestiones de ciencia y literatura al pedirle le recomiende un libro que lo oriente en la reflexión que el ex mandatario cubano realiza ahora sobre el estado del mundo ante la crisis. En una parte de la conversación Castro Ruz preguntó al heredero de San Pedro por sus actividades como Papa y de qué manera las enfrenta.

El encuentro entre el Comandante Fidel y el Papa Benedicto XVI muestra una imagen diametralmente opuesta a la imagen que la propaganda diseminada desde la clandestinidad por las sociedades secretas de la extrema derecha mexicana, principalmente la Organización Nacional del Yunque y la secta Tecos que opera desde la Universidad Autónoma de Guadalajara, ha querido pintar del Comandante Fidel, el cual como vemos aquí parece ser una persona de conviciones personales religiosas profundas que sin embargo, como Jefe de Estado, pudo y supo mantener la separación Iglesia-Estado que su posición le demandaba. Las fantasías ultraderechistas de que el triunfo de la revolución cubana, por ser supuestamente el fruto de una grandiosa “conspiración judía masónica comunista”, tenía en marcha un plan colosal para la destrucción total a corto plazo de la Iglesia Católica en Cuba, no pasó jamás de ser tal cosa, una burda y estúpida fantasía que sin embargo terminaron digiriendo muchos alucinados, entre ellos los que conformaron el grupo golpista Alpha-66 (algunos de cuyos cabecillas han tenido contactos estrechos con los cabecillas de la siniestra sociedad Tecos que opera en Jalisco). Interesantemente, los alucinados ya están dando en sus aquelarres clandestinos una “nueva explicación” a estos sucesos y al hecho de que Benedicto XVI haya llevado a cabo recientemente la remoción de los derechos eclesiásticos de los ministros de la orden cismática Sociedad Pío X. Según las nuevas fantasías alucinógenas, tanto el Comandante Fidel como el mismo Papa Benedicto XVI...¡son cripto-judíos marxistas! E igualmente ambos masones grado 33, sí señor (sin presentar pruebas de ello, claro está). Pasando por alto, desde luego, el hecho “insignificante” de que pese a que el padre del actual Papa Benedicto XVI destestaba al Nazismo su hijo de cualquier modo fue reclutado (en una especie de servicio militar obligatorio para los niños alemanes) dentro de las Juventudes Hitlerianas, una organización dentro de la cual los Nazis jamás habrían admitido ya no se diga un judío, ni siquiera a un medio-judío o alguien con una milésima parte de su ancestría judía. Dada la ligereza con la cual fabrican sus fantasías los alucinados y con la cual las propalan donde pueden cuando pueden tomando como ciertas sus propias paranoias delirantes, ¡hasta un psiquiatra se volvería loco con los continuadores del fascismo de corte cristero en México!

Por cierto, atendiendo una petición formulada por el Papa Benedicto XVI durante su visita a la comunista Cuba, el gobierno cubano instituyó el Viernes Santo como día festivo.

PREGUNTA: ¿Para qué demonios un Estado que supuestamente -según los alucinados de la ultraderecha- está dedicado por entero a la destrucción de la Iglesia Católica, proclamaría el Viernes Santo como día festivo atendiendo una petición formulada por el Santo Padre? Bueno, hay que esperar qué nuevas teorías y fantasías cocinan los ultraderechistas, que como se asentó al principio de este trabajo, han hecho del mentir su más refinado oficio.
Axact

Anxius Veritas - Equipo de Redacción

La verdad os hará libres... y la mentira, fanáticos.

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